El procedimiento cambiario y el proceso monitorio son dos instrumentos mediante los cuales es posible, con cierta facilidad o abreviación, obtener el despacho de ejecución respecto del derecho de crédito que se contiene expresado en los documentos que el legislador ha considerado aptos para que mediante los mismos se inicie el proceso, estos documentos pueden ser una LETRA DE CAMBIO, un PAGARÉ, un CHEQUE, un TALÓN, pero también, una FACTURA pasada al cobro, o cualquier documento que acredite la existencia de una deuda con un tercero.
Vías:
- El procedimiento cambiario.
- El procedimiento monitorio.
- Juicio ordinario de reclamación de cantidad.
Aquí pueden ver algunas de sus variantes:
· Reclamación de Impagados, Facturas pendientes.
· Letras, Cheques y Pagarés.
· Reclamación de deudas laborales.
· Ejecuciones hipotecarias.
· Reclamación de deudas.
· Reclamación de Impagados.
· Reclamación de Letras, cheques y pagarés.
· Reclamación por incumplimiento de contrato.
· Reclamación de Efectos.
· Demandas de cantidad.
· Reclamación de cantidades civiles.
· Accidentes de tráfico.
· Reclamación de indemnizaciones por accidentes.
· Reclamación defectos de construcción, Vicios ocultos.
· Reclamación por responsabilidad civil.
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